viernes, 13 de diciembre de 2019
Unidad 5.La Fiscalidad (13/12/2019)
Comprueba tus conocimietos
1. Identifica por lo menos tres tributos que hayas tenido que pagar recientemente.
Contribuciones para arreglar calles del barrio, iva a la hora de comprar un producto y pago del billete para un autobús.
2. ¿Qué es lo que justifica el pago de impuestos?
Para contribuir al sostenimiento del gasto público y la poder del Estado para crear tributos.
3. ¿Qué son los epígrafes de las actividades económicas?
Son nuúmeros de identificación de nuestra actividad. Es decir, según el número o código de actividad IAE, representará un tipo de actividad u otra.
Debemos darnos de alta en los epígrafes dependiendo del IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
4. ¿Que significa que el tipo impositivo del IRPF sea progresivo?
Que dependiendo de las circunstancias del contribuyente, pagará más o menos (entre un 24,75% y un 52%).
5. ¿Qué son los libros fiscales y quiénes deben llevarlos?
Se utiliza par llevar todas las operaciones diarias de ingreso y pagos para una persona que pertenece al régimen simplificado del impuesto a las ventas (IVA).
Lo deberán llevar las personas que comercialicen bienes o presten servicios gravados perteneciendo al régimen simplificado (es decir, los comerciantes) y deberán registrar las operaciones diariamente.
6. Describe el hecho imponible, el contribuyente y la base disponible de los siguientes impuestos locales: IBI, plusvalía, Impuesto de Circulación.
(información obtenida de fiscal-impuestos.com)
IBI:
- Hecho imponible:
1. De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.
2. De un derecho real de superficie.
3. De un derecho real de usufructo.
4. Del derecho de propiedad.
- Contribuyente:
La persona a la que pertenezcan los bienes inmuebles.
- Base imponible:
Se constituye por el valor catastral de los bienes inmuebles, que se determinará, notificará, y será susceptible de impugnación conforme a los dispuesto en las normas reguladoras del catastro inmobiliario.
Plusvalía:
- Hecho imponible:
Al incrementar el valor que experimenten los terrenos de naturaleza urbana y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos de naturaleza urbana y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o la construcción o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo de dominio, sobre los referidos terrenos
- Contribuyente:
Persona que obtiene para sí la ganancia que supone el incremento del valor.
- Base imponible:
Está constituida por el incremento del valor de los terrenos puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo lardo de un periodo máximo de 20 años, que puede o no coincidir con la situación del mercado, puesto que se determina conforme a un procedimiento y unos baremos establecidos en el TRLRHL.
Impuesto de Circulación:
- Hecho imponible:
Está constituido por la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría.
- Contribuyente:
Personas que deseen tener el permiso para circular en las vías públicas con un vehículo de tracción mecánica.
- Base imponible:
Carece de base imponible, ya que las cuotas tributarias se recogen directamente en el cuadro de tarifas del TRLRHL.
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